Las fuerzas de seguridad podrán utilizar armas de fuego para prevenir fugas en delitos peligrosos
Patricia Bullrich relanzará hoy, durante la tarde, el protocolo de uso de armas de fuego para fuerzas de seguridad federales que había instalado en su gestión anterior como ministra de Seguridad, y que había sido derogado por Sabina Frederic al poco tiempo de asumir en el cargo en diciembre de 2019, durante la administración de Alberto Fernández.
La medida, conocida internamente como “Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad”, fue dictada bajo la resolución ministerial 956/2018. Según la norma, las fuerzas federales tendrán mayor libertad para disparar sus armas en casos de delitos graves y persecuciones.
Dicha norma afirmaba que:
“Se hará uso de las armas de fuego cuando resulten ineficaces otros medios no violentos, en los siguientes casos:
A.) En defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves.
B.) Para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas.
C.) Para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad.
D.) Para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y hasta lograr su detención”.
En su derogación, Frederic afirmó que “dicha norma amplía de manera significativa aquellas circunstancias que habilitan el uso del armamento letal por parte de los funcionarios de las fuerzas policiales y de seguridad, alejándose de las recomendaciones del Código de Conducta para Funcionarios Encargados de hacer cumplir la Ley establecido por las Naciones Unidas”.
Frederic aseguró, también con base en tratados internacionales, que “cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben actuar en proporción a la gravedad de los daños, respetando y protegiendo la vida humana”.
“Autorizar la utilización del armamento letal ante el mero acaecimiento de una fuga, o de resistencia a una detención si quien lo hace no encuadra en una situación estricta de “peligro inminente” de ocasionar la muerte, o, en su caso, lesiones graves de terceras personas o del personal de las fuerzas policiales y de seguridad intervinientes, así como habilitar su uso contra quienes portan otro tipo de armas o incluso no portan armas”, aseguró la exministra en la resolución firmada para derogar la decisión original de Bullrich.
El protocolo del Ministerio, desde ya, aplica de manera interna y no influye en las decisiones que pueda tomar la Justicia sobre efectivos acusados de los delitos de homicidios y lesiones graves, hasta cierto punto.
El nuevo anuncio generó comentarios diversos en los tribunales porteños y bonaerenses, particularmente entre los fiscales y jueces que deben actuar ante la problemática del uso de los efectivos y sus armas de fuego. Un reconocido fiscal asegura a Infobae:
“Lo más frecuente es ver a policías en causas de homicidio donde obra la legítima defensa cuando están fuera de su actuación. Por ejemplo, cuando les roban el auto llegando a la casa. En esos casos, deben entrar en los requisitos que establece la ley, más allá de lo que diga el Ministerio. En cuanto a sus actuaciones en procedimientos o situaciones de flagrancia, el Ministerio sí influye en el marco de la actuación de las fuerzas. No es que las fuerzas de seguridad tenían antes las manos atadas y ahora no, no es así. La clave aquí está en el ‘peligro inminente’ del que habla la norma de Bullrich y el uso de otros medios de forma previa”, afirma.
“Tiene que primar la norma y el sentido común. Por ejemplo, si le disparan a alguien que saben que está desarmado, o se fuga con las esposas puestas. Pero en el dinamismo de la situación, con alguien que tiene un arma de plástico, de la que no se sabe si es un arma real o no, es otra historia”, concluye el funcionario.
La ministra anunció su nueva medida con un comunicado que incluyó el término “proteger a quienes nos protegen”, una frase que históricamente empleó para apoyar al ex policía Luis Chocobar, que fue defendido en el juicio en su contra –donde fue condenado por el delito de homicidio en exceso de cumplimiento del deber– por el abogado Fernando Soto, hoy funcionario del Ministerio de Seguridad. Chocobar, que acompañó a Bullrich en el primer debate presidencial, fue recibido por la ministra semanas atrás en su despacho.
Chocobar, una figura repetida en la retórica de la ministra, fue condenado en marzo de 2021 a 2 años de prisión y cinco de inhabilitación para ejercer como funcionario público por haber matado al joven Juan Pablo Kukoc (18) en una secuencia que se originó en la mañana del 8 de diciembre de 2017 cuando el adolescente asesinado robó y acuchilló junto a un cómplice a un turista estadounidense en el barrio de La Boca. Kukoc llevaba el cuchillo en el bolsillo al momento de ser baleado por la espalda por Chocobar, mientras huía. El policía hizo varios disparos en la cuadra antes de realizar el que terminó con la vida de Kukoc.
“Lo más importante es que el tribunal dictó una condena. Esto quiere decir que los jueces consideraron que lo que hizo Chocobar es un crimen, que ningún policía puede hacer lo que hizo Chocobar, que eso está prohibido y es delictivo. La condena impide que Chocobar siga siendo policía, y que porte un arma, para lo cual evidentemente no estaba capacitado. Eso es una garantía y un mensaje importante para toda la sociedad”, había dicho en su momento Pablo Rovatti, titular del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico de Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación y representante de la querella en el juicio, en nombre de la madre de Kukoc.
El anuncio llega en la misma semana en la que Bullrich debió explicar ante el juez Sebastián Casanello su protocolo antipiquetes, con un escrito presentado en los tribunales de Comodoro Py.