El Gobierno avanza en la restricción al uso medicinal del cannabis: las 9 enfermedades que considera con “evidencia científica”
Apenas nueve patologías son las que el Gobierno nacional planea incluir en el listado de enfermedades que merecen una prescripción médica de cannabis. Hasta ahora no hay limitaciones, pero de acuerdo con el criterio del actual Ministerio de Salud nacional, solo sobre estas nueve existe suficiente evidencia científica como para considerar legal el uso y el cultivo hogareño de una planta que, dicho sea de paso, es totalmente legal en Alemania, Canadá, Uruguay y medio Estados Unidos.
En los próximos días es probable que el Poder Ejecutivo retroceda avanzando con una nueva reglamentación de la ley 27.350 a medida de las ideas de la actual administración, aunque las organizaciones cannábicas, los cultivadores solidarios y los médicos ya advirtieron que la restricción sería un error y un avasallamiento a derechos adquiridos.
El equipo la secretaría de Calidad en Salud comenzó a trabajar las últimas semanas en el borrador de las nuevas reglas y días atrás reunió al Consejo Consultivo Honorario -conformado por ONG’s cannábicas- para expresarles las intenciones de modificar la normativa del uso medicinal del cannabis especialmente en lo que respecta al Registro del Programa (no “de Productores”, como confundió el vocero Manuel Adorni) Cannabis, conocido por su sigla Reprocann.
El Reprocann existe desde 2021 y habilita a que cualquier usuario que tenga la indicación médica pueda comprar aceites de marihuana en farmacias y tener hasta nueve plantas en su casa, no importa la patología que sufra, para fumarla o producir sus aceites, tinturas y cremas caseras. Si el profesional de la salud considera que le hace bien y adjunta el consentimiento a una base de datos de Salud de Nación, el paciente, tras una evaluación de los profesionales que trabajan en el Reprocann, tiene el derecho a acceder al cannabis por un plazo de tres años, renovables.
Sin embargo, si prospera el nuevo proyecto que el Ministerio les mostró a las agrupaciones del Consejo Consultivo solamente estarán habilitados los enfermos con “dolor oncológico, neuropatía post herpética, esclerosis múltiple, lesión medular traumática, dolor del Sistema Neurológico Central, epilepsia refractaria, autismo, dolor producido por Accidente Cerebro Vascular (ACV) y neuralgias”.
Ana, de 62 años, con Parkinson, que encontró en la planta de cannabis un camino para aliviar los síntomas y salir de la depresión que le ocasionó, además, tener la enfermedad, deberá dejar de cultivar o lo hará en la ilegalidad, expuesta a los castigos de la ley penal de drogas.
Marina (55) sufre insomnio desde que hace muchos años atravesó un evento traumático y a la vez la dificultad para dormir la llevó a la adicción a fármacos y salió de ese infierno con la marihuana. La planta le devolvió la posibilidad de descansar.
Pero ni el Parkinson ni el insomnio están en la lista que maneja el Gobierno de enfermedades con “evidencia científica”. Así que pronto ambas mujeres serán consideradas criminales si cultivan la planta en sus casas. Como los de ellas, dos integrantes de Mamá Cultiva Argentina, hay decenas de miles de casos.
“La lista de enfermedades y síntomas tratables es mucho mayor. La realidad es que no debería haber ninguna lista. Es el profesional, su criterio científico y la libertad de indicar y elegir lo que consideramos mejor para el paciente lo que debe prevalecer”, consideró el neurólogo y endocannabinólogo Alejandro Andersson.
El médico detalla que enfermedades como la espasticidad, que responde bien al uso de las moléculas del cannabis THC y CBD tampoco está en la lista. “Ni el síndrome de las piernas inquietas, o los trastornos del movimiento del sueño REM, ni el Gilles de la Tourette, ni fibromialgia. Pero además, Israel, que es un país con cannabis medicinal legal, también acepta en su “Green Book” las náuseas y vómitos por quimioterapia, enfermedades inflamatorias vesicales, caquexia, SIDA. O el estado de Maryland, en EE.UU, incluye anorexia, síndrome de emaciación, glaucoma o cualquier afección grave para la que otros tratamientos médicos hayan sido ineficaces”, detalla Andersson.
Las organizaciones cannábicas que integran el Consejo Consultivo recibieron el borrador del Ministerio de Salud y comenzaron a trabajar junto al resto del colectivo de agrupaciones cannábicas que representan sobre una devolución que harán el lunes en una nueva reunión con el secretario de Calidad en Salud, Leonardo Oscar Busso. Infobae consultó con el ministerio de Salud sobre el contenido del borrador. Si bien confirmaron que piensan mantener el Reprocann y modificar la reglamentación no especificaron detalles. “Se conocerán cuando se publiquen en el Boletín Oficial”, respondió una fuente.
“Cualquier posible restricción por patologías o de limitar el acceso a la variedad de plantas es un retroceso total en terapéutica cannábica. Hay muchas personas que hoy en día usan derivados de la planta de cannabis con muy buena respuesta terapéutica y la experiencia del Reprocann es el claro ejemplo de ello”, consideró María Celeste Romero, psiquiatra y docente de la Universidad Nacional de Quilmes.
En la primera reunión entre Busso y el Consejo Consultivo se puntualizó como crítica que de los 170 mil pacientes autorizados una buen proporción tuviera indicación de cannabis por problemas como ansiedad, bruxismo o estrés, patologías que quedaron afuera de la lista de nueve del borrador.
“En salud mental observamos que el cannabis no tiene dosis letal, no produce abstinencia y es muy bien tolerada. Es decir, tiene muy baja prevalencia de efectos secundarios y si aparecen son mínimos y de fácil manejo. En general no solo se puede reducir la cantidad de fármacos que una persona requiere para mejorar su sintomatología, sino que mejora la calidad de vida”, explicó Romero, que integra el Centro de Estudios de la Cultura Cannábica (Cecca).
La psiquiatra detalla que, por caso, una persona que usa cannabis para tratar un insomnio mejora su funcionamiento intestinal o baja la incidencia de dismenorrea (dolor menstrual). “Es decir, por tratar un síntoma mejorás otros. El tema es que la salud mental siempre está en la mira porque es más abstracta, si una persona se quiebra una pierna nadie va a dudar que le puede doler, pero si una persona tiene ansiedad no todos empatizan con ella”, consideró Romero.
“Si a eso le sumamos que en el tratamiento del síntoma de salud mental con cannabis es muy frecuente que haya descreimiento porque el prohibicionismo instaló un prejuicio desinformado. En materia de salud mental las personas usan cannabis para descansar mejor, para reducir la ansiedad, como estrategia coadyuvante para casos de ánimo depresivo, entre otras tantas aplicaciones. Hay mucha evidencia científica de calidad que esperamos sea tomada en cuenta a la hora de tomar decisiones sobre el programa”, agregó la psiquiatra.
En la Sociedad Argentina de Endocannabinologia y Terapéutica cannábica (SAET) empezaron estos días a trabajar en un archivo público donde puedan exhibir todas las evidencias científicas que sus integrantes fueron registrando en el tratamiento con pacientes. Lo idearon después de escuchar a Manuel Adorni anunciar de las modificaciones en el Reprocann.
El vocero presidencial comentó el lunes de esta semana que “se comenzaron a revisar los requisitos de inscripción al Registro de Productores de Cannabis, popularmente conocido como Reprocann, en el que se detectó que en la gestión anterior se emitieron más de 90.000 solicitudes sin diagnósticos basados en evidencia científica”. Horas más tarde, en un comunicado oficial, el Gobierno agregó a lo ya dicho que se trata de “solicitudes de inscripción de manera muy laxa”, que “desvirtúan el espíritu” de la ley de cannabis medicinal.
En las considerandos del borrador de la reglamentación, al que tuvo acceso este medio, el Ministerio de Salud remarca que “es deber del Estado asegurar que el uso de cannabis medicinal con fines terapéuticos y/o medicinales previsto en el marco de la Ley N° 27.350 sea autorizado a pacientes que cuenten con la respectiva prescripción médica, permitiendo un acceso oportuno, seguro, inclusivo y sin finalidad comercial, destinado exclusivamente a tales efectos” pero también advierto que es deber estatal también “ejercer un riguroso control de dicha autorización, acceso y utilización, en tanto y en cuanto se trata de una sustancia cuya producción y libre comercialización, por fuera de los supuestos expresamente autorizados, se encuentra tipificada como conducta ilícita de acuerdo al régimen previsto en la Ley N° 23.737″.
“La medicina cannábica viene a desafiar el quehacer médico convencional siendo, en la mayoría de los casos, los mismos pacientes quienes concurren con la terapéutica instaurada en busca de acompañamiento y validación del uso de la planta para paliar sus dolencias”, consideró en un comunicado la SAET, por eso al rechazar el proyecto del gobierno, resaltó que “en este camino hemos aprendido a reivindicar la autonomía del paciente, a acompañar sin prejuicios decisiones terapéuticas limitadas a evidencia científica, a comprender a las fitoterapias como terapias válidas que no siguen las reglas de las moléculas aisladas, a estudiar un sistema fisiológico desconocido y vital que se desbalancea y genera una multiplicidad de síntomas, a aprender a investigar de forma no convencional, a facilitar (y no entorpecer) el acceso a la salud en su amplio concepto”.
La consideración del cannabis en el mundo viene cambiando rápidamente en todo el mundo desde hace una década. La mitad de los estados que conforman Estados Unidos legalizó la marihuana para cualquier tipo de uso (medicinal o “recreativo”) y prácticamente todos los estados tienen regulado el uso terapéutico sin restricciones. Canadá, Alemania y Uruguay son tres países paradigmáticos en el tema: la marihuana y su comercio allí es ciento por ciento legal para mayores de edad.
En 2018 expertos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomendaron eliminar el cannabis y el aceite de cannabis de la Lista IV, la categoría más estrictamente controlada en la “Convención única de 1961 sobre estupefacientes”. Señalaron que la Lista IV está integrada particularmente por sustancias dañinas y con beneficios médicos limitados y consideraron que mantener el cannabis en ese nivel de control restringiría gravemente el acceso y la investigación sobre posibles terapias derivadas de la planta.
Al año siguiente, la OMS publicó una serie de recomendaciones para reclasificar el cannabis en el sistema de fiscalización de drogas de la ONU, y reconoció formalmente su función terapéutica. En diciembre de 2020, la ONU aprobó uno de los mayores cambios en política de drogas de las últimas décadas, al reconocer las propiedades medicinales del cannabis y eliminar la planta de las listas más restrictivas de la “Convención única de 1961 sobre estupefacientes”.
“Creemos que estos avances a nivel internacional deberían redefinir la ley de estupefacientes (23.737) que permita excluir al cannabis de las drogas peligrosas y eso permita aún más la expansión de la investigación desde el ámbito académico en relación a la planta y sus propiedades terapéuticas”, comunicaron los médicos de la SAET.
“Los cambios que se pretenden hacer a la reglamentación (con la excusa de no dar abasto con las solicitudes) son un retroceso en materia de derechos adquiridos a base de diálogo y acuerdos: derechos que hoy alcanzan a todos los sectores de nuestra sociedad, de todas las edades. Limitar patologías significa recriminalizar a miles de personas que hoy acceden a una terapia segura que realizan ellas mismas, o alguien de su comunidad de manera solidaria. Hoy, esas miles de personas que mejoraron su calidad de vida a través del cultivo de cannabis se enteran de que ejercer su legítimo derecho a la salud puede volver a ser un delito. Esto es doloroso e inaceptable”, consideró en un comunicado de las últimas horas la agrupación Mamá Cultiva Argentina.