La Justicia convocó a una audiencia de conciliación y suspendió el plazo para que las prepagas devuelvan lo cobrado de más
El juez en lo civil y comercial federal Juan Rafael Stinco convocó al gobierno nacional y a las empresas de medicina prepaga a una audiencia de conciliación para el próximo 27 de mayo a las 10 en la causa en la que el Poder Ejecutivo reclamó -y así lo dispuso el magistrado- que se retrotraigan los aumentos de las empresas a diciembre y que devuelvan el dinero cobrado.
Pero con su decisión de llamar a las partes, el juez también suspendió “los plazos procesales hasta la fecha fijada precedentemente” para la audiencia. Eso significa que quedan suspendidos los cinco días que las prepagas tenían para presentar un plan de pagos del dinero cobrado a los afiliados de manera excedente. Será un tema que se debatirá en la audiencia.
El pedido de ese encuentro fue reclamado en la causa por varias empresas que también objetaron la decisión de tener que devolver el dinero. “Atento a las múltiples peticiones formuladas y las razones esgrimidas, dentro del marco de la ejecución de la medida cautelar dictada con fecha 03.05.2024 y el efecto propio de su apelación (art. 198 del CPCCN), convóquese a las partes a la audiencia que se fija en los términos del art. 36 del CPCC para el día 27 de mayo de corriente año, a las 10:00 horas”, resolvió el juez en un breve oficio enviado a las partes y al que accedió Infobae.
Ese artículo del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece que los jueces podrán “intentar una conciliación total o parcial del conflicto o incidente procesal, pudiendo proponer y promover que las partes deriven el litigio a otros medios alternativos de resolución de conflictos”. Y para eso el magistrado “en cualquier momento podrá disponer la comparecencia personal de las partes para intentar una conciliación”.
La causa se inició por una presentación de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) para que la justicia le ordene a las prepagas retrotraer sus aumentos a diciembre, que se fije un índice de aumento y que devuelvan el excedente cobrado. La decisión de suspender los aumentos ya había sido tomada por el gobierno de manera administrativa por seis meses al considerar que las empresas se habían cartelizado en los precios.
El viernes pasado el juez Stinco hizo lugar al planteo de la SSS y dictó una medida cautelar por la cual dispuso que las empresas de medicina prepaga que “retrotraigan el monto de los valores a las cuotas vigentes al mes de diciembre de 2023″ y que actualicen los valores “de conformidad con el Índice de Precios al Consumidor que elabora mensualmente el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos”.
También que las empresas devuelvan el excedente cobrado con “un crédito a favor de cada uno de ellos”. Para eso, el juez le dio un plazo de cinco días a cada empresa para que presenten “un plan de acción para efectivizar la devolución dineraria”. Si no lo hacen, las compañías fueron advertidas de que se tomarán “las medidas necesarias tendientes a lograr su cumplimiento”. Ahora esa decisión quedó suspendida.
“La decisión preliminar que aquí se toma es la que mejor se adecúa a los intereses en juego, teniéndose especialmente en cuenta la doctrina reiterada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que sostiene que, en asuntos en los que está en disputa el derecho constitucional a la preservación de la salud de las personas humanas, atañe a los jueces buscar soluciones que se avengan con la urgencia que conllevan las pretensiones, para lo cual deben encauzar los trámites por vías expeditivas y evitar que el rigor de las formas pueda conducir a la frustración de derechos que cuentan con tutela de orden constitucional”, había dicho el juez en su resolución.